Estancias temporales para personas mayores dependientes

Las estancias temporales ofrecen a las familias o personas cuidadoras de personas mayores dependientes un tiempo para su descanso, recuperación o para hacer frente a una situación de necesidad.

Las razones por las que pueden solicitarse estas estancias temporales para personas mayores de 60 años con un grado II o III de dependencia, son de dos tipos:

  • Estancias motivadas por la necesidad de descanso de la persona cuidadora principal. En este caso el período máximo será de un mes/año natural.
  • Estancias motivadas por una situación de urgencia o enfermedad de la cuidadora principal o de otras de las personas a su cargo. El período máximo será de tres meses.

* La duración mínima de la estancia será de dos días.

* Si la solicitud viene motivada por necesidad de descanso ha de efectuarse con un mes de antelación a la fecha solicitada.

El programa atiende prioritariamente las situaciones de urgencia, es decir, aquellas habitualmente debidas a ingreso hospitalarios o enfermedad aguda de la persona cuidadora principal. Los casos considerados urgentes ingresan inmediatamente una vez aprobados por el órgano competente.

La solicitud de estancia temporal se tramita por la persona interesada o su representante en el Servicio Social de Base correspondiente de su ayuntamiento, o en el Servicio de Personas Mayores de la Diputación Foral de Bizkaia.

Más información: http://www.bizkaia.net/               Tfno: 900. 220. 002